La cooperación judicial internacional y su incorporación a la norma interna

Autores/as

DOI:

https://doi.org/10.58581/rev.amag.2021.v3n5.04

Palabras clave:

cooperación judicial, internacional, normatividad interna

Resumen

En la actualidad, el marco jurídico se ve fuertemente influido por la globalización, el notable desarrollo de las tecnologías de información y comunicaciones. Este escenario va a exigir a futuro mayores cambios en la sociedad y en el abordaje de los servicios de justicia.

La globalización ha ocasionado la cercanía de los mercados y, por ende, que el tráfico jurídico internacional se incremente y se presenten muchos casos que involucran la necesidad de solicitar el apoyo a una jurisdicción extranjera para garantizar el seguimiento del proceso, actividad que sin duda debe tener y prever un marco legal. De otro lado, la situación actual de emergencia sanitaria a nivel mundial obliga a pensar en nuevas formas de prestar la cooperación, que prioricen el uso de la tecnología considerando las situaciones de aislamiento social obligatorio producto de la pandemia y la obligación de los Estados de priorizar la vida y salud de las personas.

Frente a esta situación, el Perú es Estado Parte de convenios multilaterales y regionales, así como de tratados bilaterales de cooperación judicial internacional civil. Sin embargo, a nivel de desarrollo de nuestra normatividad civil interna, no tenemos un cuerpo orgánico civil o procesal civil que incorpore y sistematice esta legislación internacional a nuestra legislación interna,
como sí existe en materia penal.

Aun cuando se considere que si son tratados internacionales suscritos por el Perú son de aplicación inmediata y no se requiere un cuerpo legal para ponerlo en vigencia, esta afirmación no es tan cierta en el campo de la cooperación judicial internacional, puesto que el problema no es la vigencia sino la operatividad, por lo que siempre es necesario prever normas procesales internas que permitan ejecutar las acciones de cooperación. De igual manera, este desarrollo de la norma internacional en la norma interna, es una práctica seguida ya en materia de cooperación penal, niños, niñas y adolescentes, violencia contra la mujer, capacidad, entre otras.

El problema de la falta de desarrollo interno de normas de cooperación judicial civil internacional se presenta en variados países con efecto en la carga procesal, demora en los trámites y falta de predictibilidad, ausencia de una autoridad central definida, lo que abunda en la necesidad de desarrollar un cuerpo normativo que recoja, en forma orgánica, las diversas disposiciones
contenidas en los tratados internacionales, de modo que facilite la labor del operador de justicia.

Esto conlleva la necesidad de incorporar un cuerpo orgánico que desarrolle la cooperación judicial civil internacional en nuestra norma interna. Este cambio normativo permitirá una justicia más rápida al servicio de los justiciables, sin la dilación excesiva que se advierte en la actualidad en los procesos civiles, producto de normas internacionales dispersas sin un cuerpo orgánico que oriente su operatividad.

Descargas

Los datos de descarga aún no están disponibles.

Biografía del autor/a

  • Lourdes E. Morales Benavente, Distrito Fiscal de Lima

    Fiscal Provincial Titular de Familia de Lima. Abogada por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, con estudios de maestría en derecho civil y comercial, y doctorado en derecho y ciencias políticas por la misma casa de estudios, máster en derecho contemporáneo por la Universidad de Jaén-España.

Descargas

Publicado

2021-12-29

Número

Sección

Retos de la magistratura en temas de Derecho Procesal Civil

Cómo citar

Morales Benavente, L. E. (2021). La cooperación judicial internacional y su incorporación a la norma interna. Revista de Investigación de la Academia de la Magistratura , 3(5), 71-90. https://doi.org/10.58581/rev.amag.2021.v3n5.04