Ética editorial

La Revista de Investigación de la Academia de la Magistratura es una publicación de periodicidad semestral que recibe trabajos de investigación de jueces y fiscales —nacionales y extranjeros—, así como las contribuciones de investigadores en torno a temas fundamentales para la actuación judicial o fiscal y de interés jurídico nacional.

La revista tiene como objetivo promover la generación de aportes científico-jurídicos y está dirigida a los magistrados del Poder Judicial y del Ministerio de Público - Fiscalía de la Nación, profesionales en Derecho, comunidad universitaria, investigadores en Derecho y en ciencias afines, y al público interesado en la reflexión académica jurídica.

En el cumplimiento de estos fines, la revista asume el compromiso de fomentar una cultura académica acorde con la ética e integridad. Por ello, todos los miembros de la cadena editorial de la revista laboran con imparcialidad, transparencia, responsabilidad, honestidad, rigurosidad y confidencialidad.

Según lo establecido en las normas de evaluación, los artículos se arbitran de forma anónima por especialistas ajenos a la Academia de la Magistratura bajo la modalidad de doble ciego, de manera que tanto el autor como el revisor desconocen la identidad de la contraparte. La posibilidad de publicación queda sujeta a que los artículos aprueben una serie de criterios: originalidad, carácter inédito, aporte, actualidad y contribución al conocimiento jurídico actual.

Asimismo, se cuenta con el programa antiplagios Turnitin y otros medios de detección de textos publicados en distintas plataformas para la acuciosa revisión de los artículos. Estas herramientas permiten determinar el grado de originalidad de los artículos presentados. Se requiere que mínimamente el 70 % del contenido sea original y que como máximo haya un 30 % de citas correctamente consignadas como parte del cuerpo textual.

Por último, la revista se sujeta a los estándares éticos que prescribe el Committee on Publication Ethics (COPE). Si se detecta alguna falta contra la ética en un artículo recibido o publicado, la revista podrá tomar las acciones que correspondan para que el autor del fraude sea sancionado; y adicionalmente, se comunicará a la institución que se encuentre afiliado. A continuación, se precisan las responsabilidades éticas de cada miembro de la cadena editorial.

 

1. Responsabilidades éticas del Editor en Jefe y el equipo editorial

El Editor en Jefe y el equipo editorial tienen la obligación de evaluar con exhaustividad los artículos presentados a la revista para así garantizar la idoneidad y la calidad de los artículos que se publicarán, sin que su juicio esté influido por diferentes tipos de discriminación como las creencias religiosas, el género, la ideología, entre otros.

Asimismo, deben asegurar el anonimato de los revisores, así como respaldar la confidencialidad del proceso editorial llevado con los autores de la revista.

El Editor en Jefe y el equipo editorial no podrán emplear los artículos que no se publicaron en beneficio propio, ni a favor de la Academia de la Magistratura.

2. Responsabilidad de autores

Los autores deben comprometerse a postular artículos con contenido original. En ese sentido, la revista no publicará trabajos que fueron publicados con anterioridad en cualquier medio.

Además, deben ser cuidadosos con las formas de citación de fuentes, a fin de evitar casos de plagio voluntario o involuntario.

Los autores tienen la responsabilidad de adecuar el envío de sus textos según las disposiciones formales de la revista. La publicación de un texto que no cumpla tales características podrá ser rechazada sin posibilidad de reclamo.

La revista considera como faltas contra la ética, las siguientes acciones de los autores:

  • Que postule simultáneamente su artículo (versión parcial o total) en más de un medio o plataforma de difusión.
  • Que desista de continuar con la postulación cuando se encuentre en curso el proceso editorial.
  • Que en versiones posteriores de su artículo publicado, no reconozca el derecho de primera publicación en la Revista de Investigación de la Academia de la Magistratura.
  • Que no informe oportunamente sobre los antecedentes de su artículo.
  • Que incluya contenido que no se ajusta a la verdad en su artículo

3. Responsabilidad de los revisores

Los evaluadores se comprometen a revisar los artículos presentados con una lectura completamente objetiva, de manera que se prohíbe cualquier tipo de discriminación por creencias religiosas, género, ideología, entre otros, que descalifique injustamente la publicación de un texto.

Los árbitros deben respetar la confidencialidad y la autoría de los artículos revisados. En ese sentido, no pueden discutir con terceros el contenido de los textos evaluados ni utilizar los textos revisados para sus propios escritos académicos o para otro beneficio personal.

La revista considera como faltas contra la ética, las siguientes acciones de los revisores:

  • Que emita una decisión discriminatoria, contradictoria, deshonesta, imprecisa o sin fundamentos.
  • Que sugiera modificaciones o rechace el artículo con el propósito de favorecer a terceros o a su postura personal.
  • Que delegue su labor de revisión a terceras personas.
  • Que no comunique de manera oportuna cualquier tipo de conflicto de intereses.
  • Que no informe su falta de competencia temática para realizar el arbitraje.
  • Que comparta el contenido del artículo evaluado con terceros. Es importante precisar que el revisor podrá consultar a terceros sobre el artículo, mas no enviará el archivo del texto. La confidencialidad es un deber, incluso, para aquellos revisores que no concluyan su labor de arbitraje por diversos motivos.