El uso de propio idioma en todo Estado y grado del proceso penal
Resumen
El proceso penal se encuentra conformado por una serie de actos procesales que tienen lugar y relevancia respectiva en cada etapa o instancia. Los mismos son comunicados y deben ser entendidos a plenitud por el imputado. Ahora, si el proceso se tramita en un idioma diferente al del inculpado, le corresponde saber el contenido en su propia lengua. En un lugar donde predomina una lengua diferente al español, el inculpado habitante de la zona debe ser procesado en su idioma. El juez, fiscal, el policía, los defensores y cualquier funcionario o persona que participa en el procesamiento debe de comunicarse en la lengua del lugar. Esta acción garantizará la calidad del servicio de justicia, en la medida que facilita el acceso y el entendimiento entre la autoridad y el ciudadano. En esa línea, se plantea que el derecho fundamental del uso del propio idioma en las zonas territoriales de oficialidad de lenguas distintas al castellano, no se convalida necesariamente con ladesignación del intérprete. Al inculpado le asiste el uso directo de su idioma en todo estado y grado de trámite de un proceso penal. Ello hace exigible la optimización de este derecho, a fin de cautelar otros derechos del procesado, entre ellos el derecho de defensa. Con tal propósito, se estudia y se analizan diferentes conceptos, posturas y datos; además, se recurre a jurisprudencias
e instrumentos jurídicos. Ello, a partir del artículo 2.19 de la Constitución Política de 1993 que señala el derecho al uso del propio idioma ante cualquier autoridad mediante un intérprete. También en función del artículo 48 de esta carta magna que establece que son idiomas oficiales; además, del castellano, las lenguas aborígenes, en los lugares donde predominan
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Citas
Bermúdez, M. A. (2001). Los derechos lingüísticos. Ediciones Legales. https://n9.cl/y6d8e
Blume, E. (2018). Reivindican nuestra condición de país multicultural, pluriétnico y multilingüe. El derecho al uso del propio idioma como lengua originaria. Jurídica, (691), 4-5.
Cóndor, C. S. (2019). Los derechos lingüísticos de los pueblos originarios y la garantía del acceso a la justicia. [Tesis de pregrado; Universidad Ricardo Palma] https://n9.cl/63ks
Código Procesal Penal Constitución Política de 1993
Constitución de 1979 Convención Americana sobre derechos humanos de San José de Costa Rica
Declaración de las Naciones Unidas
Declaración Universal de Derechos Lingüísticos
Decreto Legislativo n.º 1342
Espezúa, B. (2016). El derecho desde la mirada del otro. Bases para la construcción del pluralismo jurídico en el Perú. Ideas solución.
Exp. n.° 00042-2004-AI
Exp. n.º 00889-2017-PA/TC ANCASH
Guardia, C. A. (1973). Gramática quechua. Ediciones Los Andes.
Gutiérrez, G. (2020). Comentarios a la Constitución Política del Perú (Vol. 1). Grijley.
Ley n.° 29735
Ley Orgánica del Poder Judicial
Pino, G. (2005). Gramática del idioma quechua - quechua. (5.ª ed.). Editorial Bendezú.
Rosas, J. (2016). Cómo el TC reinterpreta el derecho penal y procesal penal. Gaceta Jurídica.
Real Academia Española. (2014). Diccionario de la lengua española. Planeta colombiana.
Roel, L.A. (2015). La constitución comentada. Análisis artículo por artículo. Obra colectiva escrita por 166 destacados juristas del país. Gaceta jurídica.
Rubio, M. (2012). Para conocer la Constitución de 1993. PUCP.
Tunque, D. (2017). Antología quechua. Idioma de los incas. Editorial Moderna.
Yrigoyen, R. (2001). Justicia y multilingüismo. Pautas para alcanzar una justicia multilingüe en Guatemala. Programa de Justicia Checchi/AID. https://n9.cl/b7gr